LineaBlogs | Los mejores electrodomesticos para tu hogar, novedosos e inútiles :) en BlogDelGizmo




Cuando contratamos una hipoteca estamos obligados, por ley, a contratar una póliza de seguros que cubra el valor del inmueble ante posibles daños.

 

Habitualmente los bancos obligan a contratar el seguro con la compañía que trabaja con la entidad y , aunque no pueden hacerlo, ejercen las presiones relativas a la contratación del seguro jugando con incrementar los intereses.

 

Lo cierto es que hay que saber que podemos contratar el seguro con otra compañía que nos ofrezca mejores coberturas y designar a la entidad como beneficiaria de la póliza.

 

Además de asegurar el continente, es conveniente cubrir el contenido y otras eventualidades que puedan surgir.

 

Para ello existen dos tipos de seguros asociados a la contratación de un préstamo hipotecario:

 

Seguro multiriesgo del hogar

 

Lo que se llama un seguro de daños. Incluye casos de incendio, daños por agua, robo, responsabilidad civil por daños a terceros, etc .. en estos casos el seguro se hará cargo de todo. 

Este tipo de póliza de seguro es recomendable para toda vivienda, independientemente de que se haya contratado una hipoteca.

 

Seguro de vida o de amortización del préstamo

 

Esta modalidad cubre el riesgo de fallecimiento o invalidez permanente del titular del préstamo.

 

Si esto ocurre, la familia no tendría que hacerse cargo de la hipoteca que la compañía de seguros devolvería al banco lo que quede por pagar del préstamo.

Este tipo de pólizas no suelen ser especialmente caros pero este seguro no es obligatorio y es sumamente interesante.

 





Post Relacionados

-    Pólizas de seguros vinculadas a las hipotecas
-    Rentas mensuales: Otra forma de asegurarse
-    Seguros, bancos y crisis
-    Seguro “antiparo”
-    Seguro de vida y crisis

Deja tu comentario
Nombre: 
Email: 
URL: 
Comentarios: 

     VOLVER A INICIO